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59 elementos encontrados para ""

  • Being an international company that knows Mexico-Gamas

    Mexican factories along the U.S. border are exhibiting prominent changes in manufacturing and sourcing. In Tijuana, an exporting hub, plants and industrial parks are operating at almost maximum capacity, while in Ciudad Juárez, recruiters are urgently hiring workers for expanding or newly established companies. This bustling activity reflects an escalating trend of companies relocating their production and equipment to Mexico to establish a manufacturing hub nearer to the U.S., as part of a more extensive shift in global trade. Some businesses are moving from Asia, while others are investing to boost their output of goods that can be exported to the U.S. without tariffs. As the growth rate intensifies, logistics capabilities such as distribution centers are becoming crucial to promptly and efficiently reach U.S. customers. The manufacturing industry in Mexico has gained worldwide recognition for its competitiveness, attributed to its utilization of cutting-edge technology and adherence to high-quality standards, in addition to offering low labor and operating costs. Over the past few decades, original equipment manufacturers (OEM) and their suppliers have established plants in Mexico to leverage strategic advantages such as location, robust logistics infrastructure, and well-established supply and export chains. Consequently, the most prominent manufacturing clusters that benefit from nearshoring opportunities in Mexico include: Automotive and auto parts. Aerospace. Medical devices. Pharmaceuticals. Electronics and household appliances. Information and communication technologies (ICT). Your Nearshoring Partner WE BUILD DOORS TO OPPORTUNITY We create your way to success in Mexico.

  • Se publica en el DOF el 06/03/2023 DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secreta

    Se publica en el DOF el 06/03/2023 DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Que deroga el publicado el 11 de septiembre de 1996. El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como determinar la competencia, estructura y atribuciones de sus unidades administrativas. La Secretaría planeará y conducirá sus actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, relacionado con el Plan Maestro de Fiscalización del SAT para el logro de las metas de los programas a cargo de la Secretaría, así como de las entidades paraestatales sectorizadas a esta. El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

  • Se publica en el DOF el 16/02/2023

    Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023. Se publica en el DOF el 16/02/2023 PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023. Se reforman las reglas 1.3.8, 1.3.9, 1.3.10 y 1.3.11 donde se hace referencia al “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias. Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023. Link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5679745&fecha=16/02/2023#gsc.tab=0 Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • Los expertos opinan: Clasificación Arancelaria Gamas Agentes Aduanales

    Clasificación arancelaria de cigarros electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos o electrónicos. Los cigarrillos electrónicos se conocen con muchos nombres diferentes. A veces los llaman “e-cigarrillos” o “e-cigarettes”, “e-cigs”, “narguiles electrónicos” o “e-hookahs”, “mods”, “plumas de vapor”, “vapeadores”, “sistemas de tanque” y “sistemas electrónicos de suministro de nicotina”. Algunos cigarrillos electrónicos han sido fabricados para que parezcan cigarrillos, cigarros o pipas regulares. Otros parecen bolígrafos, unidades de memoria USB u otros artículos de uso cotidiano. Los cigarrillos electrónicos producen un vapor al calentar un líquido que por lo general contiene nicotina, saborizantes y otras sustancias químicas que ayudan a producir el vapor. Debido al incremento en la comercialización de estos aparatos a nivel internacional con la séptima enmienda al Sistema Armonizado se creó la subpartida arancelaria 8543.40, la cual comprende específicamente a los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos o electrónicos similares, incluyendo aquellos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado, los Sistemas electrónicos de administración de Nicotina (SEAN) Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) y similares., ya que anteriormente estas dispositivos se clasificaban en una subpartida arancelaria genérica. Este cambio ya fue instrumentado en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente a partir del 12 de diciembre de 2022. No dudes en contactarnos para mas información. Conecta con nosotros

  • SAT Publica preguntas frecuentes

    SAT publica las ”Preguntas frecuentes Complemento Carta Porte enero 2023” Consulta el comunicado oficial: LINK Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA.

    Se publica en el DOF el 06/01/2023 - DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA. Durante el 2022, se dio a conocer “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indica” con vigencia al 28 de febrero de 2023, sin embargo, con la publicación del presente Decreto queda abrogado. Se destaca lo siguiente con la nueva publicación. · Se adicionan nuevas mercancías entre ellas: pavo, ajo, lechuga, espinaca, lentejas, arroz descascarillado, almidón de maíz, embutidos, tilapia, salsa de soja, salsa cátsup, otras salsas de tomate, preparaciones para sopas y caldos, así como la harina de carne y despojos para alimentación de animales o abono, cereales, residuos de la industria de almidón, alimento para perros y gatos, desodorante corporal y antitranspirante, desinfectante, manteles, servilletas, cepillos de dientes, toallas sanitarias, pañales entre otros. · Se estable los requisitos para los interesados en inscribirse en el Padrón de importadores de Productos de la Canasta Básica. · El registro en el "Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica" de las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica, conforme al Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 2022, será válido y mantendrá su vigencia en los términos del presente decreto. Las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica, a las que se refiere el párrafo anterior, podrán solicitar por escrito ante el Servicio de Administración Tributaria la adición de fracciones arancelarias a su registro, siempre y cuando cumplan con las disposiciones del presente decreto. · Las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica registradas en el "Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica", que acrediten haber celebrado un contrato para la adquisición de las mercancías referidas del Decreto, podrán aplicarse los beneficios contenidos en el presente decreto hasta el 30 de abril de 2024, siempre que a más tardar el 10 de enero de 2024 presenten ante el Servicio de Administración Tributaria dichos contratos, conforme a las reglas de carácter general que al efecto emita dicho órgano administrativo desconcentrado. Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • Nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023

    Se publica en el DOF en su edición vespertina el 27/12/2022, las Nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 Se estarán publicando los cambios mas relevantes a las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 cuya entrada en vigor es el 1 de enero de 2023. Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

    Se hace de su conocimiento sobre las modificaciones al acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior. Se reforman los incisos d), de la regla 2.2.26 referente a los avisos automáticos. 2.2.26 Las solicitudes de Aviso automático de importación de productos siderúrgicos se realizan a través de la Ventanilla Digital y deberán cumplir con lo siguiente: d) País de origen de la mercancía; que es el país en donde se fundió y coló el acero; Se da a conocer lo anterior, con la finalidad de dar debido cumplimiento en los avisos automáticos, de la regla citada tratándose de las fracciones arancelarias comprendidas en las partidas 7202 y de la 7305 a la 7317, se deberá declarar el país de origen señalado en el certificado de calidad y para las partidas 7207 a la 7304 se debe declarar el país en donde se fundó y coló el acero. Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • Se adiciona la regla 2.1.6., fracción l segundo párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022

    De la Publicacion de la Décima Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 publicada el 12 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, se adiciona la regla 2.1.6., fracción l segundo párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. (Días Inhábiles) Segundo periodo general de vacaciones del 2022, comprende los días del 19 al 30 de diciembre de 2022. Le recordamos al contribuyente tomar sus precauciones en caso de que se encuentren en algún procedimiento con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con la finalidad de tener en cuenta el cómputo de los plazos establecidos. Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx

  • Actualización de la Séptima Enmienda de la TIGIE Secretaría de Economía

    De la publicación a la “Estrategia para la operación de la implementación de la Séptima Enmienda de la TIGIE” emitida por la Secretaría de Economía (S.E.) se informa que la misma ha sido actualizada.

  • TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.

    Se publica en el DOF Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022. Se destaca lo siguiente: Se adicionan las reglas 1.3.8.,1.3.9,1.3.10 y 1.3.11 relacionadas con la creación del Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica. Cambios en Reglas: 2.1.2 Horarios para la entrada a territorio nacional de mercancías para mayor eficiencia en el flujo del comercio exterior 2.4.1 Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado 3.1.5 Identificadores para mercancías peligrosas 3.1.29 Uso de Aduanas exclusivas (Anexo 21) 3.5.1 Procedimiento para la importación definitiva de vehículos 3.5.3 Requisitos en materia de emisión de contaminantes 3.7.20 Retención y multa por falta de etiquetado (Anexo 26) 4.3.2 Garantía del pago de contribuciones por la importación temporal de las mercancías señaladas en el Anexo II del Decretado IMMEX. 4.3.9 Exportación indirecta de azúcar 4.5.31 Beneficios para la industria automotriz terminal o manufactura de vehículos de autotransporte 4.6.1 Transitos internos e internacionales entre aduanas, secciones aduaneras autorizadas y aeropuertos internacionales 4.6.2 Transitos interno entre aduanas y secciones aduaneras de Baja California y Baja California Sur 4.6.17 Plazos máximos para el tránsito interno (Anexo 15) Transitorios: Primero. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2022, con excepción de las modificaciones al Glosario, fracción III, numeral 24, las reglas 2.1.2.; 2.4.1., cuarto párrafo; 3.1.5., primer párrafo; 4.3.9., primer párrafo; 4.5.31., primer párrafo, fracción XX; 4.6.2., fracción V., y al Anexo 2, ficha de trámite 28/LA; Anexo 7; Anexo 8; Anexo 9; Anexo 10; Anexo 12; Anexo 14; Anexo 17; Anexo 18; Anexo 20; Anexo 21; Anexo 22, Apéndice 8, Identificadores “NS” y “VT”; Anexo 23, Anexo 27 y Anexo 28, que entrarán en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 07 de junio de 2022, inicie su vigencia, conforme a lo previsto en el Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la Ley citada. Segundo. Las referencias que se hagan a las aduanas y sus secciones aduaneras, de las presentes reglas y sus anexos, se entenderán que corresponden a las adscripciones establecidas en el "Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras de las aduanas", publicado en el DOF el 01 de marzo del 2022 vigente. …. Cuarto. Lo dispuesto en las reglas 1.3.8., 1.3.9., 1.3.10. y 1.3.11. será aplicable a partir del día siguiente al de su publicación en el Portal del SAT en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2022 y hasta el 28 de febrero de 202. Recuerda que en Grupo Gamas identificamos áreas de oportunidad y reducimos riesgos, asesoría legal y operativa. CONTÁCTANOS: tradeconsulting@gamas.com.mx CONSULTA EL COMUNICADO OFICIAL

  • ¿Ya actualizaste tu buzón tributario?

    Recuerda que tienes hasta el 31 de diciembre para registrar o actualizar tu buzón tributario, esto te evitará multas que van desde los 3,000 a los 9,000 pesos. Con nuestros servicios de Consultoría en Comercio Exterior agrega valor a tus actividades comerciales, nacionales e internacionales a través de un cuerpo de conocimiento y experiencia sin igual. Para la mitigación de riesgos y cumplimiento de tu negocio. Infórmate y consulta con nosotros. Contáctanos: tradeconsulting@gamas.com.mx

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